Revista Velvet | ¿Qué puedo comprar?
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¿Qué puedo comprar?

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¿Qué puedo comprar?

POR Sole Hott | 07 abril 2021

Cada vez que se adelanta el anuncio de cambios en las medidas del plan Paso a Paso se genera polémica y diversas reacciones. El pasado 1 de abril la subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell, anunciaba cambios a partir de este lunes 5. Prohibiendo la compra y venta, tanto presencial como por delivery, de artículos que no fuesen considerados bienes esenciales.

De forma inmediata las reacciones colapsaron las redes, y es que no solo no había claridad sobre lo que se podía o no comprar, sino también sobre la definición de “bienes esenciales”. Pues bien. tras el hecho, el Gobierno ha actualizado el listado y redefinido el polémico concepto.

Mediante un documento entregado por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se redefinieron los llamados bienes esenciales de uso doméstico como “aquellos bienes o servicios que tienen por fin ser utilizados por las personas dentro del domicilio, en comunas que se encuentren en Fase 1 o 2 (sábado, domingo y festivos) del Plan Paso a Paso, y que son imprescindibles para la subsistencia, el teletrabajo, la educación a distancia o el funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble”.

Y a partir de este miércoles 7 de abril el listado ha quedado de la siguiente forma:

-Bienes relativos a la subsistencia de la persona:

a. Alimentos y bebestibles: todo tipo de alimentos y de líquidos.

b. Productos sanitarios: todo tipo de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y, en general, cualquier bien y servicio que se relacione con la prevención, promoción y recuperación de salud y rehabilitación de la persona enferma, tales como, medicamentos, termómetros, elementos de rehabilitación kinesiológica, etc.

c. Productos necesarios para lahigiene personal, tales como pasta de dientes, jabón, crema de afeitar, cremas dermatológicas, productos no cosméticos, etc.

d. En general, cualquiera de los regulados en el Libro IV del Código Sanitario.

e. Artículos de limpieza: todos los relativos a limpieza y cuidado del hogar, tales como cloro, agua destilada, detergentes, etc.

f. Artículos necesarios para la Maternidad y primera infancia:tales como ropa y accesorios para recién nacido (incluyendo, chupetes, mantas, etc.) e infantes; ropa y accesorios para mujer en período de embarazo y lactancia; pañales, alimentos de bebé e infantiles, elementos para la protección de bebés e infantes, coches, cunas, etc.

g. Artículos para mascotas tales como alimentos, accesorios de higiene y cuidado.

h. Artículos para el mantenimiento de jardines, plantas y áreas verdes, tales como mangueras, regadores, plaguicidas, abono, sistemas eléctricos, etc.

-Bienes relativos al teletrabajo o educación a distancia:

a. Artículos electrónicos, tales como computadores, impresoras, tintas, monitores, dispositivos de almacenamiento, accesorios (por ejemplo, audífonos), tablet, parlantes y accesorios de audio, celulares, recargas telefónicas, accesorios telefonía, banda ancha móvil, etc.

b. Artículos de oficina: Librería, libros, artículos de oficina, artículos para manualidades, texto, útiles escolares, juguetes educativos, etc.

-Bienes relativos al funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble:

a. Artículos de cocina:tales como menaje (ejemplos, ollas, loza, cubiertos, etc.), elementos para la conservación y manipulación de alimentos (ejemplos, utensilios de cocina, papel aluminio); elementos para el desecho de alimentos y residuos (ejemplos, bolsas, basureros), etc.

b. Artículos de dormitorio: tales como camas, ropa de cama, almohadas, colchones, plumones, guateros, etc.

c. Artículos de baño: tales como toallas, accesorios de baño, cortinas, artículos de limpieza, etc.

d. Artículos de lavandería: tales como máquinas de lavar, planchas, tenderos y similares, etc.

e. Electrodomésticos y línea blanca: Tales como productos de uso habitual como aspiradoras, estufas, hervidores, hornos eléctricos, licuadoras, microondas, planchas, tostadores, ventiladores, batidora, máquina de coser, calefón, cocinas, lavadoras, refrigeradores, secadora, congeladores, etc.

f. Artículos de ferretería: Aquellos necesarios para la instalación, funcionamiento y conservación de la electricidad, gas, cañerías en el hogar, tales como pinturas, herraje, fijaciones, tubos, conectores, herramientas, accesorios de seguridad, todos los materiales de obra, mantención y reparación de hogares, etc.

g. Muebles: tales como sillas, escritorios, muebles de dormitorio, comedores, sillones, muebles de trabajo, accesorios, etc.

h. Iluminación: tales como ampolletas, velas, linternas, generadores, lámparas.

-Otros bienes:

a. Pilas y baterías de vehículos, fósforos y encendedores, tabaco, combustibles (ejemplos, gas, carbón, leña, etc.), neumáticos, cable puente de batería, aceites y lubricantes, materiales de mantención de vehículos (ejemplos, ampolletas, focos, elementos de seguridad), etc.

 

 

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